En principio, el periodo de suspensión de los desahucios terminaba el 31 de diciembre del 2023, este plazo perseguía ajustar los desalojos a la nueva ley de vivienda, la cual contiene disposiciones para proteger a los colectivos más vulnerables.
Luego, el tiempo fue extendido hasta diciembre de 2024, esto sustentado en las modificaciones establecidas en el Real Decreto-ley 8/2023, del 27 de diciembre. El ejecutivo estableció esta prórroga para beneficiar a las familias vulnerables sin alternativa habitacional.
El decreto también contempla la posibilidad de que el arrendador o propietario pueda solicitar una compensación hasta el 31 de enero de 2025.
El asunto es que estas extensiones no han sido pensadas y decididas para favorecer al legítimo dueño de la vivienda, sino desde las particularidades de los okupantes ilegales, las cuales les permiten ser reconocidos como ciudadanos en situación de vulnerabilidad aún cuando cometen un delito.
Esta vulnerabilidad puede acreditarse, por ejemplo, cuando el inquilino se encuentra en paro o ha reducido su jornada laboral, entre otras circunstancias que pueden provocar la pérdida de ingresos.
En estos casos, se suspende el procedimiento de desalojo del inmueble, el problema viene cuando la situación financiera de muchos de estos okupantes “vulnerables” ha cambiado, muchos trabajan sin declarar y se rehúsan incluso a buscar otras opciones habitacionales.
¿Cómo afecta el decreto de suspensión de desahucios a los propietarios?
Aunque en el escenario de la suspensión de los procedimientos legales de desahucio, los propietarios mantienen el derecho de solicitar compensación por los perjuicios ocasionados durante el periodo de okupación, la situación los sigue afectando de manera negativa.
Porque no sólo se trata de las pérdidas económicas al no recibir ingresos por el alquiler de sus propiedades, también se ven prácticamente obligados a seguir pagando los suministros aunque su vivienda esté okupada; corriendo también el riesgo del deterioro que pueda sufrir su propiedad.
Por otra parte, el retraso en la ejecución de los procedimientos judiciales establecidos para recuperar viviendas okupadas, genera en los legítimos dueños desde dolencias físicas hasta trastornos de ansiedad por la larga espera y el sin fin de contratiempos que generan estas gestiones.
A esto se suma, la inseguridad en la que viven al no saber si llegarán a recuperar su vivienda; los afectados ven, como en muchos casos, los derechos de los okupas socavan sus derechos como propietarios legítimos.
Posible decreto hasta el 2028
Recientemente, el PSOE ha registrado en el Congreso de los Diputados una enmienda al proyecto de ley derivado del Real Decreto anticrisis, donde solicitan ampliar la suspensión de desahucios en hogares considerados vulnerables hasta el 2028.
Esta iniciativa es el resultado que alcanzó el Gobierno con Podemos para conseguir la prórroga de las medidas anticrisis, que logró la suspensión de los procedimientos de desahucio hasta diciembre del 2024.
Ahora bien, el Ejecutivo y Podemos acordaron tomar medidas para extender el plazo hasta el 2028. Ya informaron que la prórroga se articulará mediante una modificación de la ley que busca la protección de los deudores hipotecarios, la reestructuración de la deuda y el alquiler social.
La enmienda presentada propone añadir una nueva disposición final a la Ley 1/2013, que contempla que después de transcurridos 15 años desde la entrada en vigor de esta Ley, no procederá el lanzamiento si en un proceso judicial o extrajudicial se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier otra persona física o jurídica, la vivienda habitual de personas consideradas de especial vulnerabilidad.
El compromiso del Gobierno de coalición es que el proyecto de ley se tramite en un máximo de seis meses.