Desocupaciones Mallorca

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El decreto omnibus del Gobierno, apoyado por sus socios parlamentarios, Junts, ha causado gran revuelo y descontento en diferentes sectores del Gobierno, apoyado por sus socios parlamentarios, Junts, pero, en especial entre los propietarios afectados por la okupación. 

Esto debido a que, este decreto beneficia, como siempre, a los okupas y pone entre la espada y la pared a los caseros.    

Pero comencemos por el principio: hace dos semanas el Congreso de Ministros (PP, Vox y Junts) frenó el decreto omnibus presentado por el Gobierno; este término se refiere a un instrumento legislativo que permite renovar simultáneamente múltiples normas.

Sin embargo, el 28 de enero, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, anunció que el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto, ley omnibus, esto después de alcanzar un acuerdo con Junts, para presentar una nueva versión. 

Cabe destacar que, aunque Sánchez quería presentar el decreto omnibus íntegro, éste sólo recoge 29 de las 80 medidas que fueron rechazadas por la Cámara Baja. 

Algunas de las disposiciones que se mantienen son la revalorización de las pensiones y el Ingreso Mínimo Vital.

También se incluye en este decreto una línea de avales para supuestamente compensar a los propietarios, el texto dice: “La posibilidad de solicitar hasta el 31 de enero de 2026 compensación por parte del arrendador o propietario”.

La compensación consiste en que el Gobierno va a crear un fondo de garantías públicas para compensar a los caseros frente a impagos. El fondo también se hará cargo de daños en la vivienda que puedan provocar los arrendatarios morosos u okupas, así como de los suministros no cancelados.  

Pero ¿Cuáles son las condiciones para optar por el aval del gobierno?

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Hasta aquí todo muy bonito, pero hay que leer la letra pequeña del decreto. Este aval o seguro de impago de alquiler será solo para aquellos propietarios que les alquilen a personas de 35 años y/o vulnerables. 

En cuanto a esto, el okupa tendrá que demostrar que se encuentra en una situación de vulnerabilidad, pero también, tendrá que acreditarlo el propietario si quiere recuperar su vivienda

Además, el propietario debe respetar el índice de alquiler; si no se cumple con estas dos condiciones no se podrá optar a esta compensación. 

Tampoco te cuentan que “La solicitud para el cobro de las cantidades debidas y avaladas se podrá realizar en el plazo de 6 meses” desde que el propietario recupere la propiedad de la vivienda, ya sea por una resolución judicial de lanzamiento, o un acuerdo judicial o “extrajudicial”.  

Pero dado que el Gobierno mantiene suspendidos los desahucios, como se recoge en el mismo decreto, la única vía que le queda al propietario que quiera cobrar ese aval sería llegar a un “acuerdo extrajudicial” con su okupa para poder recibir el aval del Estado.

Ahora bien, imagine esta situación: “Le alquilas a una persona vulnerable respetando el índice de alquiler, éste se convierte en inquiokupa y como es vulnerable no lo puedes echar”, por tanto, no hay manera de que puedas optar a este aval.

Y, mientras el inquiokupa no abandone el piso, el propietario tendrá que seguir asumiendo los gastos que el inquilino se niega a pagar.      

El sistema de avales no ha entrado en vigor

Este es otro punto negativo, el sistema de avales no entrará en vigencia de inmediato, se estima que será aprobado por el Gobierno de España en los siguientes seis meses. 

Por su parte, la Asociación de Propietarios de Viviendas contra la Inseguridad Jurídica (Aprovij) hizo saber mediante un comunicado lo siguiente: “No aceptaremos migajas en forma de compensaciones insuficientes y con requisitos abusivos. La única solución justa es devolver a los propietarios el control de sus viviendas”.